Articulo 111.-

Para efectos de las notificaciones, el recurso de revocacion, las sanciones pecuniarias, el procedimiento de ejecucion de las multas impuestas y la garantia que deban otorgar las personas y sociedades que impugnen dichas multas, se estara a lo dispuesto por esta ley y supletoriamente a lo previsto en el codigo fiscal de la federacion.

Articulo 112.-

Las administradoras, sociedades de inversion y empresas operadoras, deberan cubrir los derechos correspondientes en los terminos de las disposiciones legales aplicables.

Los derechos a que se refiere este articulo se destinaran a cubrir parcial o totalmente el presupuesto de la comision.

Articulo 113.-

Los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, coadyuvaran al correcto funcionamiento de dichos sistemas proporcionando la informacion y documentacion que en relacion con su participacion les solicite la comision.

La informacion y documentacion que requiera la comision a las personas mencionadas en el parrafo que antecede debera cumplir con la calidad, caracteristicas, requisitos y presentacion que sean seņalados por la propia comision en el requerimiento correspondiente.

Articulo 114.-

La comision podra recibir reclamaciones en contra de las instituciones de seguros relativas a las rentas vitalicias y seguros de sobrevivencia materia de las leyes de seguridad social, con el objeto de turnarlas a la comision nacional de seguros y fianzas.

Articulo 115.-

Las expresiones “administradora de fondos para el retiro”, “sociedad de inversion especializada de fondos para el retiro” y “empresa operadora de informacion sar”, asi como las abreviaturas “afore” y “siefore”, solo podran ser utilizadas en la denominacion de las sociedades que gocen de autorizacion o concesion en los terminos de esta ley.

La comision ordenara la intervencion con caracter gerencial de quien incumpla con lo dispuesto en el parrafo anterior, cuando se trate de una empresa que realice operaciones exclusivas de las administradoras y sociedades de inversion. Cuando se trate de empresas mercantiles que no realicen dichas operaciones pero utilicen alguna de las expresiones mencionadas en el parrafo anterior seran sancionadas conforme a lo dispuesto en el articulo 100 fraccion xxvi de esta ley.

Articulo 116.-

La operacion de las cuentas individuales de los trabajadores afiliados al instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado se realizaran de conformidad con lo dispuesto por la ley de este instituto, manteniendose las obligaciones a cargo de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro regulados por dicha ley.

Articulo 117.-

Las disposiciones de esta ley no deberan interpretarse como de caracter fiscal.

Articulo 118.-

Las relaciones entre las administradoras y empresas operadoras, con sus empleados, se regiran por lo dispuesto en el apartado a del articulo 123 de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos y en la ley federal del trabajo.